Año 7 / Edición XXX / Nacional / 19-07-2021 / ISSN 2422-7226
Con intervención del equipo editor del Observador Central
La Anses (Administración Nacional de la Seguridad Social) informó cómo será el procedimiento y la fecha en la que se podrán iniciar los trámites para que las mujeres, que hayan cumplido los 60 años y hayan tenido hijos, puedan completar sus años de aportes y jubilarse a partir del reconocimiento a su trabajo de cuidado de su familia.
El Gobierno Nacional calcula que hay cerca de 155.000 mujeres en edad de jubilarse que no alcanzan a cumplir con los 30 años de aportes y que, a partir del Programa de Reconocimiento de Aportes por Tareas de Cuidado, podrán completar este requisito.
Este reconocimiento visibiliza y repara una desigualdad histórica y estructural en la distribución de las tareas de cuidado, reconociendo y valorando el tiempo que las mujeres destinaron y destinan a la crianza de sus hijas e hijos. Esta medida iguala oportunidades y genera las condiciones necesarias para que miles de mujeres puedan acceder al derecho a jubilarse.
«Es una política hermosa que venimos gestando para las argentinas que dedicaron parte de su tiempo al cuidado de sus hijos e hijas y que tiene que ver con reparar desigualdad», aseguró ayer en un acto la directora ejecutiva de Anses, Fernanda Raverta, al anticipar la puesta en marcha de este programa.
La medida se hará efectiva a partir de la publicación de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que, según se anunció, será firmado en esta semana por el presidente, Alberto Fernández, y la propia Raverta.
En ese sentido, el organismo dio este pasado miércoles una serie de precisiones sobre el programa que alcanzará a mujeres en edad de jubilarse, con 60 años o más, que sean madres y no cuenten con los 30 años de aportes necesarios para acceder a una jubilación.
En qué consiste la medida
El reconocimiento de aportes por tareas de cuidado computará:
- 1 año de aportes por hija/o.
- 2 años de aportes por hija/o adoptada/o.
Asimismo, reconocerá de forma adicional 1 año por hija/o con discapacidad y 2 años en caso de que haya sido beneficiaria/o de la Asignación Universal por Hija/o por al menos 12 meses.
Además, se reconocerán los plazos de licencia por maternidad (90 días corridos y obligatorios) y de excedencia (de 3 a 6 meses máximo donde la trabajadora no percibe remuneración) de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos o hijas.
Los trámites para obtener el beneficio deberán gestionarse por turno a través de la web de Anses (www.anses.gob.ar) a partir del 1° de agosto y, una vez otorgado, deberán acudir a la oficina que se le asigne con DNI; la o las partidas de nacimiento de los hijos o hijas; la sentencia de adopción si se trata de hijas o hijos adoptados; y, si la titular tiene hijas e hijos con discapacidad, el Certificado de Discapacidad (CUD).
Fuente: Portal digital web “Telam” – 14/7/2021 – Página web oficial Anses