(Año 4/ Santa Cruz/ 29-04-2019/ ISSN 2422-7226)
La Legislatura de la provincia de Santa Cruz endureció aún más los requisitos y exigencias para acceder a un puesto laboral en el sector privado.
El Estado fija las condiciones que deben tener las empresas a la hora de crear un puesto de trabajo y tomar a un empleado. A partir de ahora, solo podrán ser contratados en las actividades pesquera, minera y petrolera las personas que certifiquen una radicación mínima de tres años en Santa Cruz. Las firmas que incumplan esa exigencia serán pasibles de duras sanciones económicas.
El proyecto del Frente para la Victoria logró el acompañamiento del resto de los legisladores y fue transformado en ley. La exigencia mínima de residencia será de tres años para poder trabajar en suelo santacruceño y no se podrá fijar residencia de los trabajadores en los domicilios legales de las empresas.
La Cámara de Diputados de Santa Cruz modificó, la ley del “70/30” para trabajadores petroleros, pesqueros y mineros, elevando la exigencia de residencia mínima a tres años que hasta ahora era de dos años. Además, se pretende evitar que las empresas puedan utilizar sus “domicilios legales” para fijar la residencia de sus trabajadores, lo que podría implicar una serie de reacomodos para la mano de obra que fluye en la cuenca del San Jorge.
La Ley Provincial Nº 3.141 fue modificada en su Artículo 3, endureciendo las exigencias de residencia mínima para trabajadores que se desempeñan en la “Actividad Petrolera, Minera, Pesquera y todas otras actividades laborales”, cita la peculiar regla laboral.
La norma establece que el 70 por ciento de la mano de obra contratada en la provincia debe ser residente permanente en ella, con una exigencia que era de un mínimo de dos años previos, extendiéndose a partir de ahora a los tres años de residencia mínima, para ser considerados dentro de ese porcentaje.
Otro cambio de importancia se vincula con las sanciones que se aplicarán a las empresas que incumplan esta nueva norma, que además apunta a evitar que los trabajadores de otras provincias fijen el domicilio en su DNI que coincida con el domicilio legal de la empresa radicada en Santa Cruz.
La experiencia indica que en el petróleo se moviliza personal de Chubut hacia el norte santacruceño, pero además en el caso de la minería y la pesca suelen llegar desde otras provincias del norte del país, por lo que la normativa implicará un impacto en diversos sectores laborales, que deberán acondicionarse a la nueva normativa. Literalmente deberán echar a trabajadores que no sean santacruceños hasta cubrir la proporción de 70 por ciento de radicados y hasta un máximo de 30 por ciento de “extranjeros”.
La medida fue aprobada por amplia mayoría y también modifica el régimen de sanciones a aplicar sobre las empresas que incumplan con la normativa. Según el proyecto presentado por la diputada Miryam Alonso (FpV-PJ), la multa será equivalente a “la sumatoria resultante de salarios brutos del personal afectado a la explotación en la jurisdicción objeto de inspección que no reúna los requisitos de residencia en la provincia de Santa Cruz”.