El 15 de julio de 2010, Argentina se convirtió en el primer país de América Latina en reconocer el derecho a matrimonio entre personas del mismo sexo a nivel nacional.
El artículo 2 de la Ley 26.618 de Matrimonio Civil (2010) (conocida como la Ley de Matrimonio Igualitario) establece que “el matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos, con independencia de que los contrayentes sean del mismo o de diferente sexo”. Esta ley es el resultado de campañas amplias llevadas a cabo por las organizaciones LGBT, que van desde proyectos de leyes de unión civil a una serie de amparos y fallos judiciales.
Al respecto, el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, que entró en vigencia el 1º de agosto de 2015, establece: «Ninguna norma puede ser interpretada ni aplicada en el sentido de limitar, restringir, excluir o suprimir la igualdad de derechos y obligaciones de los integrantes del matrimonio, y los efectos que éste produce, sea constituido por dos personas de distinto o igual sexo.»
Hoy celebramos un nuevo aniversario de una ley que consagra la ampliación del matrimonio a parejas del mismo género, un avance hacia la igualdad, la inclusión y la justicia social.
Por Rocío Magalí Gutiérrez